La boda se realizó en una parroquia de la capital correntina y generó una fuerte controversia dentro de la Iglesia. El Arzobispado sostiene que el sacramento no cumple con los requisitos canónicos y analiza sanciones para el sacerdote que lo ofició.

Un casamiento celebrado días atrás en una iglesia católica de Corrientes abrió un intenso debate religioso y social. El Arzobispado local anticipó que declarará nulo el matrimonio de una pareja trans y confirmó el inicio de un proceso disciplinario contra el sacerdote que encabezó la ceremonia.
El enlace tuvo lugar el 28 de enero en la parroquia Nuestra Señora de Pompeya y fue oficiado por el fray Fernando Luis Gómez. Los contrayentes, Solange Ayala e Isaías Díaz Núñez, cuentan con identidades de género registradas conforme a la legislación vigente en Argentina.
La postura oficial de la Iglesia
Desde el Arzobispado de Corrientes se informó que el matrimonio será declarado nulo por carecer de “validez canónica”. Según explicaron, no se habrían cumplido las condiciones esenciales exigidas por el Derecho Canónico para la administración válida del sacramento.
El arzobispo José Adolfo Larregain señaló que, en casos como este, el matrimonio es considerado nulo “ipso facto”, es decir, por el solo hecho de no reunir los requisitos de forma y materia que establece la doctrina de la Iglesia.
Investigación y posibles sanciones
Además de la nulidad del sacramento, el Arzobispado confirmó que se inició un análisis interno sobre el accionar del sacerdote que celebró la boda. No se descarta la aplicación de sanciones disciplinarias por haber autorizado la ceremonia sin la documentación eclesiástica correspondiente.
Desde la arquidiócesis remarcaron que la Iglesia “recibe a todas las personas”, pero aclararon que esa apertura pastoral no implica habilitar sacramentos cuando no se cumplen las normas canónicas.
Un debate que trasciende lo religioso
La controversia volvió a poner en tensión la diferencia entre los derechos civiles y las normas internas de la Iglesia Católica. En Argentina, el matrimonio entre personas trans está garantizado por la Ley de Identidad de Género y la Ley de Matrimonio Igualitario, pero el ordenamiento eclesiástico mantiene criterios propios para la validez sacramental.
El caso generó repercusiones dentro y fuera del ámbito religioso y promete seguir generando debate en los próximos días, mientras avanza el proceso interno impulsado por las autoridades eclesiásticas.
