El juez Martín Cormick hizo lugar al amparo presentado por el CIN y la UBA y ordenó al Gobierno nacional cumplir de inmediato con la Ley 27.795. El fallo cuestionó el Decreto 759/2025 por considerar que funcionó como una instancia de veto no prevista por la Constitución.

La Justicia Federal declaró inconstitucional el decreto mediante el cual el Gobierno nacional había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
La decisión fue tomada este martes por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, en el marco del amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA).
El magistrado ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de la Ley 27.795, incluyendo el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para su aplicación.
El decreto que quedó bajo la lupa
La Ley 27.795 había sido sancionada por el Congreso en agosto de 2025. El Poder Ejecutivo primero la vetó mediante el Decreto 647/2025, pero el Congreso insistió con la norma y logró las mayorías requeridas para sostenerla.
Posteriormente, el Gobierno dictó el Decreto 759/2025, que condicionó la ejecución de la ley a la determinación de las fuentes específicas de financiamiento y a la incorporación de las partidas correspondientes al presupuesto general.
Las universidades cuestionaron esa decisión ante la Justicia y reclamaron la aplicación de las disposiciones referidas al financiamiento y a la recomposición de los salarios docentes y no docentes.
Qué dijo el juez Cormick
En su resolución, Cormick consideró que el Decreto 759/2025 no supera un estándar mínimo de razonabilidad porque permitió suspender la aplicación de una ley que había sido ratificada por el Congreso con las mayorías agravadas previstas constitucionalmente.
Según el magistrado, el decreto terminó funcionando como un “mecanismo extraconstitucional” que produjo, en sus efectos concretos, una instancia de veto que no está contemplada por la Constitución Nacional.
El juez también sostuvo que el control judicial sobre decisiones que tienen impacto presupuestario forma parte de las facultades propias de la Justicia y no constituye, por sí mismo, una intromisión extraordinaria.
Salarios y funcionamiento universitario
La resolución ordena avanzar con la aplicación de la ley, que establece medidas vinculadas al financiamiento de las universidades públicas y a la actualización de las condiciones salariales de docentes y no docentes. La norma también contempla la recomposición de becas estudiantiles.
El fallo se conoce después de un recorrido judicial que ya había tenido una instancia relevante en junio.
El 25 de junio, la Corte Suprema rechazó un recurso presentado por el Estado contra una medida cautelar y dejó vigente la orden de aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, vinculados a la actualización salarial y las becas. El máximo tribunal aclaró que aquella decisión cautelar no constituía una sentencia definitiva sobre el fondo del conflicto.
Ahora, el juzgado de primera instancia avanzó sobre esa cuestión de fondo y declaró inconstitucional el Decreto 759/2025.
El argumento sobre el impacto fiscal
Cormick también analizó uno de los principales argumentos utilizados para justificar el freno a la aplicación de la ley: su impacto sobre las cuentas públicas.
En ese punto, el magistrado hizo referencia a la situación presupuestaria de 2024 y 2025, cuando no hubo una nueva Ley de Presupuesto y se prorrogaron partidas correspondientes al ejercicio 2023.
Además, citó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso según la cual el impacto de la ley durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.
La resolución abre ahora una nueva etapa judicial para el conflicto entre el Poder Ejecutivo y las universidades nacionales, mientras deberá definirse cómo continúa el expediente frente a la decisión de primera instancia.
