La Fiscalía de Instrucción N.º 2 de la Tercera Circunscripción Judicial concluyó que los hechos denunciados por concejales opositores no constituyen delito. La resolución descartó las acusaciones por incumplimiento de los deberes de funcionario público y usurpación de títulos y honores.

La Fiscalía de Instrucción N.º 2 de la Tercera Circunscripción Judicial resolvió desestimar la denuncia presentada por concejales de la oposición contra Juan Álvarez Pinto y Leonardo Rodríguez, al considerar que los hechos denunciados no configuraban delito.
La causa investigaba presuntos delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y usurpación de títulos y honores, vinculados con la licencia del intendente electo y la continuidad institucional del Departamento Ejecutivo Municipal.
Tras analizar la normativa vigente, la documentación emitida por el Honorable Concejo Deliberante y las actuaciones administrativas, la Fiscalía dispuso el archivo definitivo de la causa.
Qué determinó la Fiscalía
Según la resolución judicial, no existía una fecha expresa ni tácita que estableciera el vencimiento de la prórroga otorgada por el Concejo Deliberante a Juan Álvarez Pinto, por lo que el supuesto vencimiento mencionado en la denuncia respondía únicamente a una interpretación de los denunciantes.
Además, la investigación concluyó que Álvarez Pinto no ejerció simultáneamente funciones municipales mientras desempeñaba su cargo como ministro provincial, ni firmó ordenanzas o actos administrativos en carácter de intendente durante el período de licencia.
En relación con Leonardo Rodríguez, la Fiscalía también descartó que hubiera existido una permanencia ilegítima en el cargo al determinar que no se encontraba establecida una fecha de finalización de sus funciones como intendente interino.
Una cuestión política y no penal
La resolución sostiene que las diferencias planteadas respecto de la interpretación de las resoluciones del Concejo Deliberante corresponden al ámbito político y administrativo, y no constituyen una conducta penalmente reprochable.
En consecuencia, el Ministerio Público Fiscal ordenó el archivo de las actuaciones.
El comunicado del Municipio
Tras conocerse la decisión judicial, desde la Municipalidad de Villa de Merlo señalaron que la resolución «ratifica que la situación planteada no configuraba una conducta penalmente reprochable» y reafirmaron el compromiso de la gestión con «el respeto a las instituciones, la legalidad, la división de poderes y el normal funcionamiento democrático».
Asimismo, indicaron que continuarán trabajando «con responsabilidad, transparencia y previsibilidad», enfocando la gestión en brindar respuestas a las necesidades de la comunidad.
