La Agencia de Recaudación y Control Aduanero aplicó una actualización del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas del monotributo. Los nuevos parámetros ya rigen para la recategorización semestral y comenzarán a reflejarse en los pagos de agosto.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización de las escalas del monotributo con un incremento del 16,8% en los límites de facturación y en los valores de las cuotas mensuales.

Los nuevos parámetros ya se utilizan para la recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026 y serán aplicables a partir de los pagos con vencimiento en agosto.

Cuánto puede facturar por mes cada categoría

Aunque el régimen simplificado toma como referencia la facturación acumulada de los últimos doce meses, muchos monotributistas utilizan un cálculo mensual para controlar sus ingresos y evitar superar el tope de la categoría en la que están inscriptos.

Con los nuevos valores, los montos orientativos de facturación mensual son los siguientes:

Qué sucede si se supera el límite

ARCA recordó que la permanencia dentro de una categoría no depende únicamente de la facturación anual.

El organismo también evalúa otros parámetros, como la superficie afectada a la actividad, el consumo de energía eléctrica y el monto de los alquileres, cuando corresponda.

Además, el análisis se realiza sobre los ingresos devengados durante los últimos doce meses, es decir, las facturas emitidas en ese período, independientemente de cuándo hayan sido cobradas.

La importancia de controlar la facturación

Superar el promedio mensual en un momento determinado no implica automáticamente quedar fuera del régimen, siempre que el total acumulado del año permanezca dentro del límite establecido para la categoría correspondiente.

En cambio, quienes excedan los topes anuales deberán realizar la recategorización correspondiente o, si superan el máximo permitido por el monotributo, pasar al régimen general de IVA y Ganancias, conforme a la normativa vigente.

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